Tomando
en consideración La Ley de Alimentación para los Trabajadores y las
Trabajadoras, el beneficio de Ticket o Bono de Alimentación es solo
para los trabajadores que no excedan los tres salarios mínimos
mensuales, y cambia todos los años según el valor de la unidad
tributaria.
Para
el cómputo del cesta ticket o bono de alimentación, la ley dice,
que todas las empresas privadas como públicas, sin límite mínimo
de trabajadores, están en la obligación de ofrecer a sus
trabajadores servicio de comida elaborada, comedores, cupones,
tickets o tarjetas electrónicas de alimentación por cada jornada
trabajada.
Además,
el Artículo 6 de la Ley de Alimentación indica, que se debe pagar
igualmente al trabajador el beneficio de tickets o tarjetas
electrónicas de alimentación, cuando la jornada de trabajo no sea
cumplida por el trabajador por causas imputables al patrono, cuando
el trabajador se encuentre en situación de riesgo, incapacidad por
enfermedad o accidente que no exceda los doce (12) meses, vacaciones,
reposo prenatal y postnatal, y permiso por paternidad.
Cálculo
del Ticket de Alimentación 2014:
Para
los tickets o tarjetas electrónicas de alimentación, el beneficio
no podrá ser menor a 0,25 unidades tributarias ni superior a 0,50
unidades tributarias por jornada laboral, o lo que es lo mismo, entre
el 25% y 50% de la Unidad Tributaria del año 2014.
A
manera de conclusión
A los efectos de lo planteado anteriormente también es importante tener en cuenta que el pago del bono de alimentación se realizara de acuerdo con los días trabajados.
la
Ley de Alimentación para Trabajadores y Trabajadoras, en la que se
establece que el ticket debe ser pagado a:
1)
Trabajadoras en reposo pre y postnatal.
2)
Trabajadores y trabajadoras en disfrute de vacaciones.
3)
Trabajadores con licencia de paternidad y
4)
Al personal en caso de calamidad pública que acarree consecuencias
directas y personales en perjuicio de los trabajadores y
trabajadoras.
También
establece que no gozarán de este derecho quienes se ausenten del
centro de trabajo sin causa justificada.
Unidad
tributaria actual año 2014 = Bs. 127,00 (todos los años cambia)
U.T.
127 x 0,25 = Bs. 31,75 (mínimo a pagar)
U.T.
127 x 0,50 = Bs. 63,50 (máximo a pagar)
Bases Legales.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Ley de Alimentación para los Trabajadores y las Trabajadoras
Reglamento de la Ley de Alimentación para los trabajadores y Trabajadoras
Ley Orgánica de Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras
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