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lunes, 7 de julio de 2014

Trabajadores y Trabajadoras Domésticos


Tomando en consideración que la comunidad de trabajadores domésticos de alguna manera es vulnerada principalmente por desconocimiento de la norma, es bueno saber que la nueva Ley del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras, equipara las condiciones de los trabajadores domésticos a la del resto de los trabajadores. Esto significa que, los ahora denominados trabajadores del hogar (artículo 207 LOTTT), recibirán todos beneficios propios de la ley laboral venezolana entre los que destacan vacaciones, bono vacacional, prestaciones sociales y bonificación de fin de año (utilidades). Además se deberían cumplir con las leyes de la seguridad social y la LOPCYMAT.
Dentro de esta misma idea, se visualizan dos escenarios, el primero en el cual los trabajadores del hogar prestan servicios por día o por hora, caso en el cual la idea sería incluir las prestaciones sociales en los pagos del salario; y un segundo escenario donde los trabajadores del hogar están contratados permanente, caso en el cual la una idea podría ser la de apartar al menos 4 meses de salario para el pago de los beneficios laborales a los que tienen derecho estos trabajadores de acuerdo a esta nueva ley.
Caso de los trabajadores del hogar que prestan servicios por hora o por día

Pudiera hacerse un contrato en el cual se deje establecido que las prestaciones sociales a las que tienen derecho estos trabajadores están incluidas en su mayoría en el pago del salario.
Para ello sería necesario cumplir, al menos, con los siguientes requisitos:
1. Firma de un contrato. El contrato deberá establecer claramente que el salario que se le paga al trabajador del hogar incluye los montos por vacaciones, bonificación de fin de año, bono vacacional y beneficio de alimentación.
2. Firma de recibos semanales en los que se exprese la cantidad de salario que se ha pagado, y que tengan una nota al final que exponga: “esta cantidad de dinero incluye el pago que corresponde por concepto de vacaciones, bono vacacional, bonificación de fin de año y beneficio de alimentación”. Este recibo no requiere mayores formalidades, sólo debe incluir el nombre y la cédula del trabajador, el monto pagado, la fecha, el nombre de los conceptos pagados (semana del x al y) y debe estar firmado por el trabajador. Preferiblemente también se debería requerir la huella del trabajador aunque no es vital.
En este mismo sentido, también es importante dejar documentado sí se entregan préstamos o adelantos, para que puedan ser posteriormente descontados de cualquier eventual liquidación.
3. Hacer un apartado adicional, puede ser una cuenta de ahorros, del equivalente a 60 días de salario por cada año de prestación de servicios. Estas serían las prestaciones sociales que se pagarían al finalizar la relación de trabajo.
Estas prestaciones no se pueden pagar con el salario mensual y podrían pagarse anualmente, aunque lo recomendable es guardarlas hasta la finalización de la relación de trabajo.
4. En la práctica, independientemente de que las vacaciones estén incluidas en el salario, siempre se acostumbra a pagar una cantidad de dinero por vacaciones o por bonificación de fin de año en el momento en el que el trabajador va a disfrutar de sus vacaciones o en diciembre. Esto es posible seguirlo haciendo bajo este esquema, la diferencia es que no hay obligación de hacerlo. Lo importante en todo caso, es que sí se hace un pago adicional al salario, que se deje documentado con recibos.
Caso de los trabajadores que prestan servicios permanentemente en el hogar
Es de suma importancia, en este caso la firma de recibos en los que consten los pagos del salarios
Adicionalmente, las personas que emplean trabajadores del hogar bajo este esquema tienen dos opciones: La primera es considerar pagar un piso salarial de más del 130% del salario mínimo para poder incluir los beneficios en el salario, o podrían hacer un apartado de al menos 4 meses de salario para el pago de los beneficios anuales y de las prestaciones sociales.
En este caso se deberían cumplir los siguientes requisitos:
1. Hacer pagos quincenales, en los cuales se hacen recibos dejando claramente establecido la fecha, el nombre y la cédula del trabajador, el monto pagado y el concepto.
2. Cada vez que el trabajador cumpla un año de servicio se le pagarán 15 días de vacaciones mas un día adicional por cada año de servicio y 15 días de bono vacacional mas un día adicional por cada año de servicio. Esto significa que sí un trabajador tiene 5 años trabajando se le deben pagar 15 días de vacaciones, 5 días adicionales de vacaciones, 15 días de bono vacacional y 5 días adicionales de bono vacacional.
Es fundamental, que estos pagos sólo se realicen cuando efectivamente el trabajador disfrute sus vacaciones. Sí el trabajador no disfruta las vacaciones y se le paga, es un dinero perdido, que se tendrá que volver a pagar al finalizar la relación de trabajo o cuando efectivamente tome sus vacaciones.
Igualmente, se deben hacer recibos en los que se demuestre el pago de este beneficio.
3. En la primera semana de diciembre se le deberá pagar al trabajador el equivalente a un mes de salario por concepto de “bonificación de fin de año”.

4. Hacer apartado adicional, puede ser una cuenta de ahorros, del equivalente a 60 días de salario por cada año de prestación de servicios. Estas serían las prestaciones sociales que se pagarían al finalizar la relación de trabajo.
De este dinero se puede pagar anualmente, pero resulta más viable pagar al finalizar la relación de trabajo. Así mismo, de este dinero se pueden otorgar préstamos y adelantos al trabajador.
5. Además del salario mensual se le debería pagar al trabajador, al menos, el equivalente a 0,25 Unidades Tributarias, por cada día trabajado, por concepto de beneficio de alimentación. Sí al trabajador le proporcionan comida en el hogar en el que trabaja no habrá necesidad de hacer este pago.
Obligaciones comunes para los trabajadores del hogar
En conclusión, todos los trabajadores del hogar deberían estar inscritos en todos los organismos que comprenden el sistema de seguridad social venezolano, dentro de los que destacan, el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, el Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda, el Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laboral, entre otros.



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